El Ayuntamiento de Getafe aprueba el padrón del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica 2025
El consistorio establece el periodo de pago voluntario del 1 de abril al 2 de junio y facilita diversos canales para el abono del tributo
GETAFE/28 MARZO 2025.- El Ayuntamiento de Getafe ha aprobado el padrón del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) correspondiente al ejercicio 2025. Según la resolución de la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria del 25 de marzo de 2025, el importe total del padrón asciende a 8.865.797,14 euros, distribuidos en 103.424 recibos dentro de la remesa 2025IVTM.
Exposición pública del padrón
Los contribuyentes podrán consultar el padrón del impuesto en la oficina situada en la calle Ricardo de la Vega, número 5, en horario de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:30 horas, y los viernes de 9:00 a 14:00 horas. Esta exposición pública estará disponible desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 30 de abril de 2025.
Plazo y formas de pago
El periodo voluntario de pago del IVTM será del 1 de abril al 2 de junio de 2025. Los contribuyentes podrán abonar el tributo a través de varias vías:
- Entidades colaboradoras: Banco Sabadell, Banco Santander, BBVA, Caixabank e Ibercaja Banco, ya sea en oficinas, cajeros automáticos o banca electrónica.
- Internet: Mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Getafe (https://sede.getafe.es), utilizando tarjetas VISA o Mastercard.
- Domiciliación bancaria: Los recibos domiciliados serán cargados el 30 de abril de 2025.
Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago recibirán los recibos en su domicilio fiscal. En caso de extravío, podrán solicitar un duplicado en la oficina de Ricardo de la Vega o a través de la sede electrónica.
Consecuencias del impago
Si el impuesto no se abona dentro del periodo voluntario, la deuda podrá pagarse con un recargo del 5 % en el periodo de «pago en ejecutiva». Transcurrido este plazo, se iniciará el procedimiento de cobro por vía ejecutiva, lo que implicará recargos adicionales, intereses de demora y, en su caso, costas.
Recursos y reclamaciones
Contra las liquidaciones del impuesto, los contribuyentes podrán interponer:
- Recurso potestativo de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la finalización del periodo de exposición pública del padrón.
- Reclamación económico-administrativa: Ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal, en el plazo de un mes desde la finalización del periodo voluntario de pago.
Contacto para dudas y aclaraciones
Para cualquier consulta, los contribuyentes pueden dirigirse a la Oficina de Atención Tributaria, ubicada en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de Getafe, o llamar al teléfono 911 883 668.
Con esta medida, el Ayuntamiento de Getafe busca garantizar la correcta recaudación del IVTM, facilitando diversos canales de pago y proporcionando información detallada sobre el proceso a los ciudadanos.